A la fecha, en materia de Derechos Humanos México ha firmado alrededor de 200 Tratados Internacionales y, hoy como nunca, “tenemos el mayor número de instituciones dedicadas al cuidado de estos derechos (comisiones internacionales, nacionales y locales, etcétera). No obstante, también es la época en que más violaciones a Derechos Humanos tenemos”.
Esto lo dijo el magistrado J. Jesús Sierra Arias, y planteó, ante la paradoja, que “se requiere que ustedes –las generaciones de estudiantes y maestros de Derecho– pensemos y cuestionemos si, realmente, nuestro sistema jurídico está sirviendo para garantizar Derechos Humanos; o lo contrario”.
Lo anterior tiene como marco la presentación del libro: “El derecho a la protección de la salud. Su exigibilidad ante el Estado”, del maestro Baltazar Pahuamba Rosas, donde el magistrado Sierra Arias fungió como comentarista.
En la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Michoacana, el magistrado presidente del Tribunal de Justicia Administrativa de Michoacán (TJAM), señaló que el tema del libro es complejo y de alta difusión mediática en nuestro país, dado que aborda un derecho social que requiere la acción del Estado, si bien en la práctica las instituciones estatales “no están cumpliendo con brindar de manera efectiva el acceso universal a la salud”.
En la obra, la salud es considerada como una política pública a cargo del Poder Ejecutivo, e incluso del Poder Judicial; no obstante, es también “responsabilidad del Poder Legislativo porque emite normas generales que procuran dicha protección. Hablamos de tres Poderes que son uno solo, dividido para su ejercicio por lo que, si el Estado es el responsable constitucional de vigilar el cumplimiento de derechos, todos estos tienen competencia”.
El magistrado Sierra también destacó el contenido de “El derecho a la protección de la salud…”, por los referentes que incorpora sobre la historia del derecho, y las propuestas que aporta para hacer efectivo este derecho social.
A su vez, el maestro Pahuamba Rosas explicó que, en cierta forma, su obra parte del sistema del derecho no escrito (common law), “que se basa, más que en normas escritas, en principios que se deben interpretar según las necesidades de la época”.
En esa concepción, la Constitución Política Mexicana no es una norma programática, sino jurídica, que determina en su artículo 4° que todos tienen derecho a la salud. Así, no hay norma que defina cuándo el Estado debe garantizar este derecho y cuándo no debe hacerlo, por ejemplo: a una persona con escasos recursos económicos, frente a una con muchos recursos que también puede exigirlo, en tanto que es universal.
De fondo, planteaba el autor, hay una concepción del principio del common law, sobre que la norma debe atender a las necesidades sociales y, justo eso, es lo que es necesario ahora.
Expuso: “la desigualdad es una problemática previa (a la ley) que el Estado tiene que vigilar” cuando expide una norma, a fin de no contraer cargas excesivas que no puede sostener, al tiempo en que se prepara para garantizar el cumplimiento de derechos como la salud. Esto es, “hay que buscar un equilibrio entre los derechos para su cumplimiento” efectivo.
La presentación de, “El derecho la protección de la salud. Su exigibilidad judicial ante el estado” fue organizada por la Asociación de Egresados de la Facultad de Derecho de la UMSNH (Asefade a.C.) y de la propia Facultad nicolaita.
En ella también intervinieron el maestro Armando Díaz López, Juez Séptimo de Distrito del Estado de Michoacán y, Miguel Ángel Mendoza Barajas, subdirector de dicha Facultad.
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