La materia de los Derechos Humanos se encuentra en un periodo de expansión, en el que éstos cobran mayor relevancia en todos los ámbitos; y por ello, es necesaria la argumentación jurídica en torno, a fin de que tales derechos sean plenamente acatados.
Sobre dicho planteamiento, trató la conferencia: “La argumentación jurídica en materia de Derechos Humanos”, que impartió el doctor Edgar Corzo Sosa a integrantes del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán (TJAM) el viernes pasado.
La misma, se inscribe además en el proceso de capacitación del personal, que emprende el Tribunal en aras de su fortalecimiento; en específico, “marca el preludio del Taller de Argumentación Jurídica (el tercero de este año) que comenzaremos en breve”, informó el magistrado presidente, J. Jesús Sierra Arias, poco antes de la intervención del doctor Corzo.
Entendidos como principios constitucionales, los Derechos Humanos requieren una argumentación jurídica porque deben ser desarrollados, planteó el catedrático de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
La argumentación, dijo, implica “demostrar, justificar, persuadir o refutar con razonamientos jurídicos, la existencia de un acto jurídico que puede violar un derecho humano”; y ello compete tanto al litigante como al juzgador en forma trascendental.
Ahora bien, para lograr que tal argumentación sea efectiva, hay mecanismos de los cuales echar mano, explicaba el doctor en Derecho Comparado por La Sorbona, a las y los magistrados, jueces, secretarios y otros miembros del TJAM.
Por ejemplo, “¿cómo contrastar un acto administrativo frente a un Derecho Humano, esté en la ley o la Constitución? Pues es exactamente igual, le pueden llamar ustedes control de legalidad, si está en la ley; o le pueden llamar control constitucional, si está en la Constitución, o le pueden llamar control de convencionalidad, dependiendo del acto jurídico al que se quieran referir”.
Lo importante, añadió, es “persuadir, y convencer de lo que se está diciendo sobre Derechos Humanos”. Esto es importante parta el ámbito jurisdiccional, y de sumo interés para el ámbito legislativo, pues los actos del legislador son actos jurídicos que, en determinado momento, pueden violar tales derechos fundamentales.
Expuso el doctor Corzo Sosa: por mandato constitucional, es justamente el legislador quien debe “desarrollar derechos humanos; porque es el Legislativo quien da las bases para actuar en toda la administración pública”.
De fondo se trata de un asunto muy complejo, pero –a la luz de las teorías de Robert Alexy sobre argumentación jurídica y sobre derechos fundamentales– puede entenderse que la norma constitucional tiene un derecho humano, “pero lo importante es ver cómo está regulado ese derecho. Porque puede ser una regla, una norma, un principio constitucional o un valor constitucional”.
Por caso, si el derecho humano se entiende como “un principio, por tanto, también se entiende como un mandato de optimización; es decir, que debe lograrse su desarrollo lo más posible (…) bajo esta vertiente, se trata de una fórmula condensada de derecho, y ahí, entonces, el problema es dar contenido a ese principio, porque se tiene que desplegar, desarrollar” con la vocación de que se convierta en regla.
Y, por eso, es importante la argumentación en esta materia, subrayó el especialista en amparo, Derechos Humanos y justicia constitucional:
“Porque las normas constitucionales que reconocen derechos humanos no nos van a dar todos los detalles, son mandatos de optimización. Muchas guardan una regulación más o menos amplia, y otras solamente se enuncian, y entonces, hay que darles contenido”, expresó.
A esta conferencia es la tercera del año 2021 para el TJAM; y a ella, también asistió el maestro José Alfredo Tapia, presidente de la Asociación para Impulso del Conocimiento Académico, Cultural y Social de México, A.C. (AIMCO), con la cual colabora el Tribunal en sus procesos de capacitación continua.
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